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La jurisdicción penal ordinaria y su relación con el ejercicio de la función jurisdiccional de las comunidades campesinas en el marco del código procesal penal del 2004

Por: Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Huaraz : Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo. Facultad de 2017Descripción: H,168 Gráficos, tablas 30cm CDTema(s): Recursos en línea:
Contenidos:
I. Introducción--II. Marco teórico-- III. Materiales y métodos--- IV. Resultados-- V. Discusión-- VI. Conclusiones-- VII. Recomendaciones -- VIII. Referencias bibliográficas-- Anexo
Nota de disertación: Tesis (Maestro en Derecho) Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo. Escuela de Post Grado. Mención en Derecho Procesal y Administracion de justicia, DPA,2017 Resumen: El propósito fundamental del presente trabajo de investigación fue analizar los fundamentos dogmáticos, normativos y jurisprudenciales sobre los alcances y límites del ejercicio de la función jurisdiccional de las comunidades campesinas en relación a la jurisdicción penal ordinaria en el marco del código procesal penal del 2004.; para lo cual se realizó un estudio cualitativo, transversal, explicativo, cuyo diseño fue no experimental, desarrollado en el ámbito de la jurisdicción nacional, careciendo de delimitación temporal y espacial el problema por el tipo de investigación realizada. El análisis de la doctrina, jurisprudencia y normatividad. Se utilizó las técnicas del fichaje y el análisis de contenido, utilizando como instrumentos de recolección las fichas y ficha de análisis de contenido. Entre los método empleados tenemos al exegético, hermenéutico, argumentación jurídica. Finalmente la investigación ha demostrado que la aplicación del artículo 18 del Código Procesal Penal del 2004, señala que la jurisdicción penal ordinaria no es competente para conocer de los hechos punibles en los casos previstos en el artículo 149 de la Constitución, entonces se debe de establecer los mecanismos para que la jurisdicción especial indígena o comunal ejerza sus funciones en al marco del respeto de los derecho fundamentales y de las garantías establecidas en el nuevo modelo procesal, pero dichos mecanismos hasta la fecha no han sido implementados, en el marco de una justicia multicultural
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Tesis Maestria Tesis Maestria Biblioteca Central - UNASAM DPA 2017 0003 (Navegar estantería(Abre debajo)) Disponible BCEPGDPA0003

Tesis (Maestro en Derecho) Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo. Escuela de Post Grado. Mención en Derecho Procesal y Administracion de justicia, DPA,2017

Bibliografía: h.156-162

I. Introducción--II. Marco teórico-- III. Materiales y métodos--- IV. Resultados-- V. Discusión-- VI. Conclusiones-- VII. Recomendaciones -- VIII. Referencias bibliográficas-- Anexo

El propósito fundamental del presente trabajo de investigación fue analizar los fundamentos dogmáticos, normativos y jurisprudenciales sobre los alcances y límites del ejercicio de la función jurisdiccional de las comunidades campesinas en relación a la jurisdicción penal ordinaria en el marco del código procesal penal del 2004.; para lo cual se realizó un estudio cualitativo, transversal, explicativo, cuyo diseño fue no experimental, desarrollado en el ámbito de la jurisdicción nacional, careciendo de delimitación temporal y espacial el problema por el tipo de investigación realizada. El análisis de la doctrina, jurisprudencia y normatividad. Se utilizó las técnicas del fichaje y el análisis de contenido, utilizando como instrumentos de recolección las fichas y ficha de análisis de contenido. Entre los método empleados tenemos al exegético, hermenéutico, argumentación jurídica. Finalmente la investigación ha demostrado que la aplicación del artículo 18 del Código Procesal Penal del 2004, señala que la jurisdicción penal ordinaria no es competente para conocer de los hechos punibles en los casos previstos en el artículo 149 de la Constitución, entonces se debe de establecer los mecanismos para que la jurisdicción especial indígena o comunal ejerza sus funciones en al marco del respeto de los derecho fundamentales y de las garantías establecidas en el nuevo modelo procesal, pero dichos mecanismos hasta la fecha no han sido implementados, en el marco de una justicia multicultural

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