La imperfección del sistema de transferencia de la propiedad inmueble en relación a la garantía y certidumbre jurídica de los potenciales adquirientes en el Derecho Civil Peruano

Por: Castro Huerta, Shane Daisy [asesor]Colaborador(es): Robles Trejo, Luis Wilfredo [asesor]Tipo de material: TextoTextoIdioma: Español Detalles de publicación: Huaraz : Universidad Nacional Santiago Antúnez de Mayolo. Facultad de 2017Descripción: h, 126 Gráficos, tablas 30cmTema(s): Transferencia de la propiedad inmueble | Adquiriente de buena fe | Garantía y certidumbre jurídicaRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea
Contenidos:
I. Introducción--II. Marco teórico-- III. Materiales y métodos--- IV. Resultados-- V. Discusión-- VI. Conclusiones-- VII. Recomendaciones -- VIII. Referencias bibliográficas-- Anexo
Nota de disertación: Tesis (Maestro en Derecho) Universidad Nacional Santiago Antunez de Mayolo. Escuela de Post Grado. Mención en Derecho Civil y Comercial 2017 Resumen: El objetivo de la investigación fue determinar y analizar las imperfecciones normativas que presenta el sistema de transferencia de la propiedad inmueble en relación a la garantía y certidumbre jurídica de los potenciales adquirientes en el Derecho Civil Peruano; para lo cual se desarrolló un estudio de tipo cualitativo, transversal, explicativo, empleándose el diseño no experimental, utilizando como técnicas el fichaje y el análisis de contenido, cuyos instrumentos de recolección datos fueron las fichas y la ficha de análisis de contenido. Entre los métodos empleados tenemos al exegético, hermenéutico, argumentación jurídica. La investigación ha demostrado que existen deficiencias y contradicciones normativas establecidas en los artículos 923, 949, 1135, 1402 y 2022 del Código Civil Peruano, respecto al sistema de transferencia de la propiedad inmueble en relación a la garantía y certidumbre jurídica de los potenciales adquirientes, generando inseguridad jurídica, transacciones inseguras, transferencias clandestinas; concluyéndose que nuestra norma Civil Patrimonial, trata la transferencia de la propiedad inmobiliaria, establece que es de aplicación el artículo 949 del Código Civil, según el cual la sola obligación de enajenar un inmueble determinado hace al acreedor propietario de él, salvo disposición legal diferente o pacto en contrario, ello en concordancia, con el artículo 923 del mismo Código sustantivo que define al derecho de propiedad como el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien; debiendo ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de la ley
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Tesis (Maestro en Derecho) Universidad Nacional Santiago Antunez de Mayolo. Escuela de Post Grado. Mención en Derecho Civil y Comercial 2017

Bibliografía: h. 121

I. Introducción--II. Marco teórico-- III. Materiales y métodos--- IV. Resultados-- V. Discusión-- VI. Conclusiones-- VII. Recomendaciones -- VIII. Referencias bibliográficas-- Anexo

El objetivo de la investigación fue determinar y analizar las imperfecciones normativas que presenta el sistema de transferencia de la propiedad inmueble en relación a la garantía y certidumbre jurídica de los potenciales adquirientes en el Derecho Civil Peruano; para lo cual se desarrolló un estudio de tipo cualitativo, transversal, explicativo, empleándose el diseño no experimental, utilizando como técnicas el fichaje y el análisis de contenido, cuyos instrumentos de recolección datos fueron las fichas y la ficha de análisis de contenido. Entre los métodos empleados tenemos al exegético, hermenéutico, argumentación jurídica. La investigación ha demostrado que existen deficiencias y contradicciones normativas establecidas en los artículos 923, 949, 1135, 1402 y 2022 del Código Civil Peruano, respecto al sistema de transferencia de la propiedad inmueble en relación a la garantía y certidumbre jurídica de los potenciales adquirientes, generando inseguridad jurídica, transacciones inseguras, transferencias clandestinas; concluyéndose que nuestra norma Civil Patrimonial, trata la transferencia de la propiedad inmobiliaria, establece que es de aplicación el artículo 949 del Código Civil, según el cual la sola obligación de enajenar un inmueble determinado hace al acreedor propietario de él, salvo disposición legal diferente o pacto en contrario, ello en concordancia, con el artículo 923 del mismo Código sustantivo que define al derecho de propiedad como el poder jurídico que permite usar, disfrutar, disponer y reivindicar un bien; debiendo ejercerse en armonía con el interés social y dentro de los límites de la ley

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